Denominamos competencias musicales a las capacidades interpretativas, auditivas, creativas y musicológicas que garantizan que un joven sea competente.
Las competencias básicas específicas de la educación musical obligatoria o “competencias musicales básicas” se extraen de los cuatro bloques de contenidos del área en los que se estructura el currículo.
No debemos confundir las competencias musicales específicas con la competencia cultural y artística, una de las competencias básicas y en la que, lógicamente tenemos una incidencia particular pero no exclusiva. Competencias musicalesademás de la cultural y artística.
Las competencias musicales específicas que los y las estudiantes debería alcanzar a lo largo de la educación secundaria serían, como detalla José Luis Zaragozà (2009: 65),
Competente en la expresión musical será aquella persona que sepa cantar, formando parte de una agrupación o en solitario, que baile o al menos sincronize el movimiento con otros intérpretes, y sepa utilizar un instrumento musical para interpretar melodías o acompañamientos con un dominio técnico aceptable, ya sea leyendo partituras (convencionales o no convencionales) o interpretando “de oído”.
Se demuestra la competencia creativa a través del uso de materiales diversos para crear música, desde instrumentos tradicionales a tecnológicos. Zaragozà especifica que esta competencias alude tanto a la música como fin en sin misma como a la que forma parte de un proyecto interdisciplinar.
La competencia perceptiva se alcanza la capacidad de experimentar conscientemente diferentes niveles de percepción musical, “desde el puramente sensorial (música de fondo), pasando por la escucha emocional (evocación de imágenes, pensamientos, sentimientos o audición sinestésica que puede suscitar la música) o la escucha analítica (comprensión del discurso musical)”
Según Zaragozà, un buen escuchador sabe que su habilidad le exige una actitud activa ante la música y un conocimiento de los diversos contextos en los que puede darse la percepción musical. El autoconocimiento de las prestaciones cognitivas propias le permitirá activad los procesos atencionales necesarios par extraer la máxima información y satisfacción del acto de escuchar, adaptándose a las circunstancias del formato dado.
Competencia musicológica es la capacidad de conceptualizar la terminología musical, identificando, comprendiendo, relacionando y transfiriendo todos aquellos conocimientos declarativos que constituyen los materiales que utiliza el discurso musical. “¿Qué podemos hacer con la música ademas de escucharla, interpretarla o crearla? Hablar de ella, de lo que nos sugiere y nos emociona, de su significado, de su estilo de su estructura, de su función “de todo aquello de la música que las palabras pueden expresar.” Zaragoza (2009:76) Las palabras denotan los conocimientos que poseemos.
Por último, con los aprendizajes de las actitudes y valores sociales que promueve la educación musical incidimos en la competencia instrumental o axiológica. “Es la capacidad de tomar conciencia de las posibilidades de transferencia que desarrolla la escucha y la práctica musical respecto a las habilidades del pensamiento global y secuencial y otras habilidades cognitivas descritas anteriormente.”
En la elaboración de las unidades didácticas transformaremos estas competencias musicales en competencias operativas buscando adaptarlas a tareas concretas.
Referencias Bibliográficas
ESCAMILLA, A: (2011) Las competencias en la programación de aula. Educación secundaria. Barcelona: Graó
ZARAGOZÀ, J.L: (2009) Didáctica de la música en la educación secundaria. Competencias docentes y aprendizaje. Barcelona: Graó
Normativa legal
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado (04/05/2006), 1006, 17.158-17.207. Disponible en línea en <www.boe.es/boe/dias/2006/05/04/pdfs/A17158-17207.pdf>