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Nuevo Canon digital: Última de las polémicas de 2007… por ahora

Written by  juanmcarmon
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Palacio Longoria, sede de la SGAE (Madrid) Palacio Longoria, sede de la SGAE (Madrid) Luis García (Wikimedia Commons) bajo CC

Desde que el pasado 11 de Diciembre se aprobara en el Congreso habrá que pagar un canon cuando decidas adquirir un reproductor mp3, una tarjeta de memoria, un disco duro portátil e incluso un teléfono móvil capaz de reproducir música.


Productos afectados por el canon digital

Esta nueva legislación pretende, según normativa europea aplicar el canon a los dispositivos digitales y no sólo a los CD o DVD vírgenes.

El cobro se realizará a través de las entidades de gestión colectiva como las SGAE, AIE y AGEDI y por ello se le denomina un (derecho de remuneración de gestión colectiva forzosa). Sólo entre los años 2003 y 2005 los beneficios de la SGAE se han estimado en 300 millones de €.

La nueva ley limita la copia de una obra a aquella realizada siempre de una copia obtenida de forma legal y plantea que pretende dar una compensación a los autores de dichas obras por las copias, para uso privado, que se realicen. En principio no hay número limitado de copias entre particulares pero sí lo habrá en bibliotecas y otros lugares públicos.

Ahora es bueno preguntarse ¿Quiénes ganan con el canon? Oficialmente lo hacen los creadores de las obras musicales pero todos sabemos que detrás de toda esta legislación se encuentran las poderosas casas discográficas e industrias paralelas que tratan de explotar al máximo las creaciones de los autores. Como empresas que ofrecen un producto al público deberían trabajar para conseguir los máximos beneficios entre el público que las adquiere, en el mercado libre y estando expuestos a las competencias de otras compañías y no cómodamente sentados mientras aumentan sus beneficios sencillamente porque la ley les permite hacerlo.

Es evidente que la piratería es un delito que perjudica gravemente al sector musical y artístico en general pero hay que matizar alguna cuestión. Si tú decides copiar indiscriminadamente películas o discos de música con derechos de autor aún no prescritos con ánimo de lucro estás cometiendo un delito (por ejemplo los manteros o copias distribuidas en puestos de marcadillos ambulantes etc). pero Si tú dispones de la copia legal y tus copias realizadas son para disfrute privado y sin ánimo de lucro … ¿Por qué pagar canon? … parece que prevalece la presunción de culpabilidad a la presunción de inocencia ¿no?. Igualmente ocurre con las descargas a través de la Red para uso privado: señores del Gobierno, dedíquense a perseguir los lugares donde la distribución de este material sea fraudulento pero ante su incapacidad para solucionar el problema no hagan pagar a simples usuarios dando por supuesto que todo el mundo va a piratear. Si las nuevas tecnologías avanzan, adapten la legislación a los nuevos tiempos y si no haberse presentado a las elecciones cuando aún estábamos con el gramófono.

No puedo evitar comentar en este artículo esos escritos firmados por esos artistas (sí, va entre comillas porque hoy en día muchos de ellos no saben ni cuál es la definición del término) para mostrar a los políticos su malestar no tienen valor alguno. ¡No sean vagos y pónganse a trabajar!. Soy un profesional de la música y se me caería la cara de vergüenza si en vez de ganar dinero desarrollando mis actividades laborales reclamase al Gobierno que me pagasen ciertas cuantías mientras no doy un palo al agua.

Ahora bien, si con el canon evitamos que artistas como El rey del pollo frito vuelvan a los escenarios a hacer gala de su mal gusto y absoluta falta de educación y talento musical algo habrá ganado el mundo de la música. Me pregunto yo si Franz Liszt o Frederic Chopin hubiesen sido valorados por muchos si hubiesen hecho en vez de sus grandes obras e interpretaciones las deposiciones con las que El rey del pollo frito premiaba a sus seguidores … creo que no pero en España nunca se sabe.