"La
ley propiamente dicha tiene por objeto primero y principal el orden al bien
común. Pero ordenar algo al bien común corresponde, ya sea a todo
el pueblo, ya a alguien que haga sus veces. Por tanto, la institución
de la ley pertenece, bien a todo el pueblo, bien a la persona pública
que tiene el cuidado del mismo. Porque también en cualquier otro ámbito
de cosas el ordenar a un fin compete a aquél de quien es propio este
fin".
(TOMÁS DE AQUINO. Suma de Teología)".
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