Ruta 13 - Etapa 3 - Parada 1
Éticas materiales y ética formal

Kant distinguió entre éticas materiales y ética formal. Los juicios morales podríamos que tienen un contenido, materia, fin u objeto -todos ellos son términos sinónimos-. Es decir, mandan algo. Así la materia del juicio moral que dice "no robarás" tiene como materia, como contenido el robo. Pero, además, todo juicio moral tiene una forma, un modo de mandar el contenido. Así las normas morales, mandan de forma imperativa, van en imperativo. Esa es la forma de todo juicio moral.

Así, ética material será toda ética que considera que lo que determina la bondad o maldad de la norma moral es la materia de la norma moral. Así "no robarás" es una norma moral que nos manda no robar porque el robo en sí mismo es malo.

Ética formal, por su parte, es la que considera que lo que determina la bondad o maldad de la norma moral es su forma. Toda norma moral va en imperativo, es categórica. Es decir, es universal y necesaria. Válida para todos y sin excepción posible. ¿Cómo se yo que no debo robar? Porque al intentar universalizar, convertir en norma moral válida para todos y sin excepción, me encuentro con la norma "No robarás" que es conforme a la razón. Si universalizo la contraria "Todos debemos robar" me encuentro con una norma que repugna la razón.

Kant considera que las éticas materiales no son éticas.

Te proponemos a continuación una serie de juicios. Distingue en ellos si son o no juicios morales y si lo son cuál es su materia y cuál su forma.

Comentario

Volvamos a nuestra pregunta: ¿qué tipo de normas son las normas de la ética?
¿Tal como se nos dan son hipotéticas o categóricas? Recurramos a un ejemplo para intentar averiguarlo. Nos encontramos con una norma moral: "Las promesas deben cumplirse". ¿Qué nos manda esta norma? ¿Nos dice que las promesas obligan a todo en que las hace siempre y sin ninguna excepción o que, como son fruto de convención, pueden saltarse si la sociedad o el individuo decide lo contrario? Evidentemente, no nos puede querer decir esto último. Si las promesas pudieran saltarse cuando la sociedad o los individuos que hacen promesas lo decidieran, ¿qué sentido tendría la promesa? ¿Firmarías un contrato de compraventa de un piso o de un coche, si pensaras que quizás mañana la sociedad o la parte que vende decidiera que el piso o el coche ya no son tuyos? Yo, al menos, no lo haría...
En consecuencia, ¿no te parece que una promesa sólo tiene sentido si sabemos que debe cumplirse siempre y sin ninguna excepción y además, que el que incumple sus promesas no hace lo que debería?

Por tanto, podemos afirmar que las normas de la ética se nos dan como normas categóricas. Normas que nos hablan de fines y que piden su cumplimiento siempre y sin ninguna excepción.

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